CIRCULAR 47 DE 2020
(marzo 31)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
<Pérdida de fuerza ejecutoria por cumplimiento del objeto>
PARA: | XXXXXXXXXXX |
DE: | XXXXXXXXXXXXXX |
ASUNTO: | Turnos de descanso para Semana Santa |
Estimados funcionarios:
Dando alcance a la Circular No. C-DSG-DITH-20-000018 del 13 de febrero de 2020, sobre los turnos de descanso compensado para Semana Santa, suscrita por la Señora Ministra de Relaciones Exteriores y teniendo en cuenta la situación creada por el confinamiento que la mayoría de los países han decretado por causa del virus COVID-19, me permito informar:
- Los turnos de descanso remunerado se mantendrán como fueron concebidos,
- No hay lugar a ninguna modificación.
- Podrán ser disfrutados por los funcionarios de acuerdo con lo informado por cada una de las dependencias y misiones a la Dirección de Talento Humano.
- Los funcionarios que voluntariamente deseen no hacer uso de este beneficio, deben informarlo como en efecto lo vienen haciendo hasta el momento.
Agradezco la compresión en estos momentos difíciles, en los que requerimos del concurso de todos para salir juntos y fortalecidos de esta crisis. Cualquier duda o inquietud podrá ser presentada de manera escrita al correo electrónico novedadestalentohumano@cancilleria.gov.co
Cordialmente,
CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA
SECRETARIO GENERAL