Buscar search
Índice developer_guide

CIRCULAR 0044 DE 2021

(abril 16)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

PARA:CANCILLERIA INTERNA
FUNCIONARIOS EN EL EXTERIOR
DE:CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGR
ASUNTO:NUEVO PROCESO DE PAGO MASIVO DE NÓMINA FUNCIONARIOS DE PLANTA INTERNA A BENEFICIARIO FINAL.

Respetados funcionarios:

Me permito informar a todos, que a partir del mes de abril del presente año el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, estableció que el pago de nómina a los funcionarios que prestan sus servicios en la planta interna del Ministerio se debe realizar a través del nuevo proceso de pago masivo de nómina a beneficiario final, de acuerdo con la circular externa No. 006 de 2021 expedida por el Administrador del SIIF Nación.

El Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF Nación es el sistema único presupuestal a través del cual las entidades que conforman en Presupuesto General de la Nación ejecutan sus presupuestos y coordina, integra, centraliza y estandariza la gestión pública financiera nacional.

La diferencia que se presenta con esta determinación del nuevo proceso de pago masivo de nómina a beneficiario final es que cada funcionario recibirá la transferencia desde la cuenta bancaria de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional y no desde la cuenta bancaria dela respectiva entidad.

De acuerdo con lo manifestado anteriormente y con el propósito de realizar el pago mensual oportunamente, se requiere el acatamiento de los siguientes lineamientos:

A. Medidas para funcionarios en la planta interna:

1. Todos los funcionarios debemos tener reportada una cuenta bancaria (débito o crédito) o de depósito electrónico, sin excepción.

2. Cuando el funcionario realice cambio en su cuenta bancaria, la misma debe ser realizada dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes a los siguientes correos: john.cardozo@cancilleria.gov.co juan.gil@cancilleria.gov.co (procedimiento y protección de datos que el funcionario debe diligenciar el formato GF-FO-53 y anexar la certificación bancaria).

3. Si el cambio de cuenta corresponde a depósito electrónico, se debe informar por correo electrónico o mediante comunicación suscrita por el funcionario interesado, en donde informará con exactitud los datos, siendo el funcionario el único responsable de los datos informados, el Ministerio de Relaciones Exteriores no se hace responsable si la misma contiene errores.

4. Las solicitudes de modificación de cuenta bancaria o cuenta de depósito electrónico que sea reportada con posterioridad al quinto día hábil de cada mes, será tenida en cuenta para su aplicación en el siguiente mes.

5. Los nuevos funcionarios serán informados durante su proceso de vinculación, en especial lo correspondiente a los puntos 2 y 3 de la presente circular.

B. Medidas para funcionarios de planta externa que regresan a Colombia:

1. Los funcionarios que pertenecen a la Carrera Diplomática y Consular que por alternación regresan a Colombia, o los funcionarios que pertenecen a la Carrera Administrativa que regresan al país, deben reportar la cuenta bancaria de acuerdo con lo mencionado en los numerales 1. y 2.

Agradecemos a todos la comprensión y colaboración frente a los nuevos cambios que se generan a partir del presente mes.

Cordialmente,

CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA

SECRETARIO GENERAL

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

×
Volver arriba