CIRCULAR 41 DEL 2023
(septiembre 5)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Bogotá D.C.,
PARA: | CANCILLERIA INTERNA, EMBAJADAS, CONSULADOS, Y MISIONES PERMANENTES EN EL EXTERIOR |
DE: | JOSÉ ANTONIO SALAZAR RAMIREZ Secretario General |
ASUNTO: | Asignación de funciones practicantes laborales del Ministerio de Relaciones Exteriores. |
Respetados funcionarios:
De manera atenta y en concordancia con lo dispuesto en la Resolución 3819 de 16 de julio de 2019 “por la cual se reglamentan las prácticas laborales en el Ministerio de Relaciones Exteriores de estudiantes colombianos que se encuentran cursando estudios de pregrado en instituciones colombianas de educación superior, se delega una competencia y se derogan las resoluciones 2730 de 2018 y 7793 de14 de septiembre de 2018”, es importante realizar las siguientes consideraciones:
Primero, la práctica laboral es una actividad formativa desarrollada por estudiantes de programas de formación complementaria ofrecidos por las escuelas normales superiores y educación superior de pregrado, que los preparan para su desempeño en el mercado laboral y les permitan formar experiencia profesional, sin que se constituya una relación de trabajo.
Segundo, el Ministerio no asignará a los estudiantes actividades relacionadas con temas cuya documentación esté amparada bajo reserva legal o alta confidencialidad, o la asignación de funciones que, por su naturaleza y responsabilidad implícita, no deban asignarse a un estudiante en práctica.
Tercero, teniendo en cuenta lo anterior, es importante que las funciones que sean asignadas a los practicantes laborales correspondan a un apoyo, no funciones secretariales y ayuda para el correcto cumplimiento de las funciones que se le han asignado a cada una de las dependencias, Consulados, Embajadas y Misiones en el exterior; sin llegar a ser una asignación en titularidad o en ningún caso se pueden asignar las responsabilidades de los funcionarios a los practicantes laborales.
Finalmente, cualquier incumplimiento que se presente por parte de los estudiantes debe ser informado inmediatamente, tanto a la universidad como a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Cordialmente,
JOSÉ ANTONIO SALAZAR RAMÍREZ
Secretario General