CIRCULAR 2 DE 2020
(enero 14)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
PARA: | DIRECTORES JEFES DE OFICINA |
DE: | CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA |
ASUNTO: | Solicitudes de Certificación sobre inexistencia o insuficiencia de personal de planta |
Respetados Directores y Jefes de Oficina:
Con el fin de que la Dirección de Talento Humano expida la correspondiente certificación sobre inexistencia o insuficiencia de personal en la planta del Ministerio, para la celebración de contratos de prestación de servicios que requieran las diferentes dependencias de la entidad, es necesario que las solicitudes reúnan los siguientes requisitos:
1. El requerimiento de certificación debe ser firmado por el Director o Jefe de Oficina;
2. Se debe relacionar el perfil de la persona a contratar;
3. Se debe relacionar el objeto contractual;
4. Se debe indicar que las actividades a ejecutar son de carácter eminentemente transitorio, es decir, las mismas no corresponden al ejercicio de funciones permanentes de la Dirección u Oficina;
5. Informar sobre la inexistencia de relaciones contractuales vigentes con objeto igual al del contrato que se pretende suscribir, en los casos de existir contrato(s) con objeto igual se debe aportar autorización del Secretario General;
6. Se debe realizar la valoración del personal ubicado en la Dirección u Oficina a fin de establecer la causal de solicitud en los siguientes términos:
CAUSAL DE SOLICITUD | CASO QUE APLICA (Marque X) |
No existe personal que pueda desarrollar la actividad para la cual se requiere contratar la prestación del servicio en (identificar la Dirección u Oficina). | |
Existe personal en la (Dirección u Oficina), pero este no es suficiente. | |
El desarrollo de la actividad requiere un grado de especialización que implica la contratación del servicio. |
Lo anterior con fundamento en lo señalado en el artículo 2.8.4.4.5 del Decreto 1068 de 2015.
Cordialmente,
CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA
SECRETARIO GENERAL