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CIRCULAR 13 DE 2007

(abril 18)

<Fuente: Página de internet Ministerio de Protección Social>

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

<NOTA: Esta norma no incluye análisis de vigencia>

DE: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO Y MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

PARA: TODAS LAS ENTIDADES QUE CERTIFICAN TIEMPOS DE SERVICIO Y/O SALARIOS PARA BONOS PENSIONALES Y/O PENSIONES

ASUNTO: FORMATOS ÚNICOS DE INFORMACIÓN LABORAL

Los suscritos Ministros de Hacienda y Crédito Público y de la Protección Social, de acuerdo con lo señalado en el artículo 3º del Decreto 13 del 9 de enero de 2001, adoptamos de manera conjunta los tres (3) formatos de certificación de información laboral y de salario (anexos), válidos para la emisión de bonos pensionales y/o para el reconocimiento de pensiones, los cuales fueron debidamente revisados por funcionarios de los dos Ministerios.

Estos formatos serán de utilización obligatoria por parte de todas las entidades públicas que deban certificar tiempo y/o salario para bonos pensionales a pensiones.

A partir de la fecha los formatos se colocarán en la página web de los dos Ministerios y estarán a disposición de todos los interesados.

Dado en Bogotá, D. C., a los 18 ABR. 2007

OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR

Ministro de Hacienda y Crédito Público

DIEGO PALACIO BETANCOURT

Ministro de la Protección Social

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

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