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NOVEDADES DE 1 A 30 DE SEPTIEMBRE DE 2019 | |||
LEYES | |||
Ley 1997 de 2019 - Por medio del cual se establece un régimen especial y excepcional para adquirir la nacionalidad colombiana por nacimiento, para hijos e hijas de venezolanos en situación de migración regular o irregular, o de solicitantes de refugio, nacidos en territorio colombiano, con el fin de prevenir la apatridia | |||
ACUERDOS | |||
AGENCIA NACIONAL DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO | |||
Acuerdo 1 de 2019 andje - Derogado - por medio del cual se precisan los criterios para determinar los casos en los cuales la agencia interviene en las controversias contra entidades públicas, así como los criterios conforme a los cuales la agencia participará con voz y voto ante los comités de conciliación de las entidades y se derogan los acuerdos 01 de 2013 y 03 de 2017 | |||
CIRCULARES | |||
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO | |||
Circular 4 de 2019 siyc - (conjunta - andje) tratamiento de datos personales en sistemas de información interoperables | |||
RESOLUCIONES | |||
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES | |||
Resolucion 5091 de 2019 mre - Por la cual se adopta el sistema de evaluación del desempeño laboral para los funcionarios de libre nombramiento y remoción del ministerio de relaciones exteriores | |||
Resolucion 4757 de 2019 mre - Por la cual se fija para el tercer cuatrimestre de 2019 la tasa de cambio para la conversión en pesos de las tarifas que deban pagarse en colombia por concepto de trámites y servicios que presta el ministerio de relaciones exteriores | |||
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN | |||
Resolucion 432 de 2019 cgn - Por la cual se modifica el catálogo general de cuentas del marco normativo para entidades de gobierno | |||
SENTENCIAS | |||
CORTE CONSTITUCIONAL | |||
Corte constitucional, s. t- 403 de 2019 - Reglas jurisprudenciales del derecho a la salud de los migrantes venezolanos. como consecuencia de las sentencias previamente señaladas se desprenden varias subreglas, aplicables al caso bajo estudio, que se resumen de la siguiente manera: (i) el derecho a la salud es un derecho fundamental y uno de sus pilares es la universalidad, cuyo contenido no excluye la posibilidad de imponer límites para acceder a su uso o disfrute; (ii) en colombia, los extranjeros gozan de los mismos derechos civiles que los nacionales y, a su vez, se encuentran obligados a acatar la constitución y las leyes. por consiguiente, y atendiendo al derecho a la dignidad humana, se establece que (iii) todos los extranjeros, regularizados o no, tienen derecho a la atención básica de urgencias en el territorio, sin que sea legítimo imponer barreras a su acceso; (iv) a pesar de ello, aquellos que busquen recibir atención médica integral -más allá de la atención de urgencias-, deben cumplir con la normatividad de afiliación al sistema general de seguridad social en salud, lo cual implica la regularización de su situación migratoria; (v) en situaciones excepcionales, el concepto de urgencias puede llegar a incluir procedimientos o intervenciones médicas, siempre y cuando se acredite su urgencia para preservar la vida y la salud de la persona. y, por último, (vi) cuando la atención de urgencias sea prestada inicialmente por una institución de un nivel de complejidad insuficiente para tratar al paciente, debe surtirse una remisión dirigida a que la entidad competente lo valore y determine qué tratamiento requiere |
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